Colombia: La inadecuada y suficiente representación de las mujeres (y hombres) en la Corte Constitucional

María Luisa Rodríguez Peñaranda

03/02/2022

El empate técnico producido hace un par de semanas al interior de la Corte Constitucional frente a la decisión de permitir la interrupción voluntaria del embarazo -IVE- sin condicionamientos, ha abierto una serie de reflexiones sobre la, por fin alcanzada, alta presencia de mujeres en dicho tribunal y, lo que hasta ahora se está descubriendo en el ámbito nacional, que dicho avance numérico no necesariamente repercute en el inmediato progreso de los derechos de las mujeres.

En una sorpresiva decisión, los ocho magistrados recogieron aguas para llegar a una división paritaria de 4-4, imposible de desempatar en virtud del impedimento de uno de sus magistrados Linares, que dejó a la corporación sin una mayoría que defina si hay o no despenalización total del aborto, dejando la decisión a un conjuez para cada expediente.

Para el contexto es importante poner de presente que en Colombia desde la célebre decisión de la misma Corte Constitucional, C-355 de 2006, entonces con presencia de una sola mujer, la primera en ocupar dicha posición Clara Inés Vargas, se logró la despenalización en tres eventos: riesgo de vida para la madre; que fuese producto de violación o inseminación artificial no consentida; por grave malformación del feto o cuando el embarazo constituye un riesgo para la salud de la mujer.

Tras 16 años de dicha decisión, han sido múltiples los intentos tanto por volver a la penalización total (demanda de Natalia Bernal que culminó con inhibición de la Corte), como para buscar su despenalización total, como sucede con las dos demandas que cursan en este momento.

Para las demandantes actuales, si bien las tres causales previamente mencionadas han resultado amplias, lo cierto es que los obstáculos y barreras de acceso a los servicios de salud, especialmente acentuadas en condiciones de marginalidad económica, hacen que para muchas mujeres el aborto siga siendo una práctica clandestina, costosa, peligrosa y en ocasiones, letal.

En la búsqueda de una mayor cobertura se impulsó una demanda por el movimiento Causa Justa, mediante una acción pública de inconstitucionalidad, que busca remover tales obstáculos y lograr el acceso seguro para todas las mujeres en la interrupción voluntaria del embarazo -IVE-. A esta demanda se sumaría otra, que pretende iguales resultados, es decir, que la penalización sea un asunto del pasado.

No obstante, la decisión del empate dejó grandes preguntas sobre por qué cuando en la Corte Constitucional se ha alcanzado la presencia paritaria de las mujeres, la decisión mayoritaria de estas 3 vs. 1 fue mantener el estándar actual y no avanzar en la obtención por un aborto libre, gratuito, voluntario y sin condicionamientos como el grueso de las luchas feministas lo ha planteado históricamente.

En efecto, con la conformación actual (a la cual falta integrar la quinta mujer elegida en diciembre pasado, Natalia Ángel, y que reemplazará a uno de los progresistas por el sí, Alberto Rojas) las mujeres podrían haber obtenido dicha mayoría dejando como huella histórica que la presencia femenina en las altas cortes puede lograr la ampliación de sus derechos, dentro de los cuales los sexuales y reproductivos se encuentran en la cúspide de sus reclamos. Lo interesante es que justo ello no sucedió.

Las magistradas Cristina Pardo, Paola Meneses, Gloria Ortiz y un hombre Jorge Ibáñez, votaron por mantener las cosas tal como estaban resueltas haciendo uso de la figura jurídica de la cosa juzgada, enviando además un mensaje -ya reiterativo cuando se quiere evitar la decisión- de que es al Congreso al que le corresponde legislar la materia (que durante 30 años no lo ha hecho). En la otra orilla, tres hombres Alberto Rojas, José Fernando Reyes, Antonio Lizarazo y una mujer Diana Fajardo votaron para que el aborto deje de ser un delito.

La primera reacción en redes, con alta presencia de mujeres, fue la de manifestar que las magistradas que tomaron la decisión en la Corte no las representan, y que además, su arribo a la Corte Constitucional había sido producto de malas elecciones, por cuanto no basta ser mujer para desempeñar un buen rol al interior de tales corporaciones judiciales.

Una segunda reacción se produjo en columnas de colegas académicas feministas, al poner de presente por parte de Alma Beltrán que las mujeres que votaron en contra del derecho a decidir lo hicieron principalmente por sus convicciones católicas, que resultan transversales en ellas, por lo que falta integrar mujeres laicas en dicho cuerpo judicial.

Por su parte Lina Cespedes, dividió su texto en dos partes, en la primera puso el foco en la (¿legítima?) expectativa social de que las mujeres que se benefician de las conquistas feministas, representen sus ideales, a lo que concluye que las mujeres son diversas y el sexo no determina automáticamente su manera de pensar, por ello, el sexo de los magistrados no fue determinante para la expresión del voto en el debate de la IVE. En un segundo punto, que considero que es el más difícil de abordar, señaló la gran diversidad de feminismos y la falta de consenso unánime sobre cómo alcanzar una vida libre de violencias y discriminación, fundamento en el cual confluyen todos.

En suma, aunque el fin está claro, los medios para alcanzarlo son aún objeto de debate. Vale la pena anotar que Cespedes planteó que la criminalización del aborto y los riesgos asociados a él se ensañan con las mujeres más vulnerables, asunto que desde mi punto de vista no debería pasar desapercibo para cualquiera que sea el feminismo que se profese, como es el incremento de los riesgos de morir o de ir a la cárcel para las mujeres pobres que opten por abortar, ambas situaciones producen discriminación por razones de clase o condición económica.

Así las cosas, la primera conclusión a la que se puede arribar es que los hombres con perspectiva de género ya son mayoría en el alto tribunal, aspecto digno de celebrar, mientras que la primera tanda de mujeres es conservadora. No obstante hay que desgranar mejor esta afirmación. De hecho, muchos de los avances de la Corte Constitucional en la perspectiva de género se han dado al abrigo de magistradas que son ubicadas en ese segmento ideológico. Cabe recordar al menos dos decisiones sumamente importantes como son: la aplicación del enfoque de género en los procesos que determinan la violencia sicológica bajo ponencia de Gloria Stella Ortíz (T-967/14) y la sorprendente decisión sobre el escrache como un discurso especialmente protegido, de la mano de la “cuota” de Duque en la Corte: Paola Andrea Meneses (T-275/21), visto como un triunfo para las feministas que hacen denuncia social mediante redes.

Así las cosas, no necesariamente la presencia de las mujeres, aún conservadoras, ha significado un retroceso en las conquistas por la igualdad y el derecho a una vida libre de violencias, en la que algunas decisiones son más garantistas y otras no tanto.

Ahora bien, el debate encierra una pregunta sobre las aspiraciones de una representación adecuada y suficiente de las mujeres en los altos órganos decisorios del estado. Sobre el primer punto, la búsqueda de una representación igualitaria por sexo en las altas esferas, no solo del estado sino incluso del sector privado, ha culminado en reclamos de paridad en todos los cuerpos colegiados, gabinetes ministeriales, altas cortes, juntas directivas, decanaturas, entre muchos más; entendiéndolo como un asunto de justicia. Esto, por cuanto la exclusión de al menos la mitad de la población en dichas dignidades afecta la robustez de la democracia. Esta idea de la presencia de las mujeres en dichos cargos no repara en qué clase de mujeres son las que llegan o deberían llegar, centrándose únicamente en su sexo. De tal manera que aspectos como la raza, etnia, clase social, origen regional, orientación política entre muchos más escapan a esta pretensión.

Así como bien acierta a plantear Puga, la elección únicamente de mujeres católicas no le hace bien a la representación de las mujeres en toda su diversidad. Empero, se debe añadir que la representación de mujeres blancas, de clase media urbana, provenientes de universidades privadas, como hasta el momento ha sido la presencia femenina, le hace un flaco favor a un país que se reconoce multi-inter cultural y que recientemente firmó un acuerdo de paz que busca darle también presencia democrática a la izquierda pacífica.

En este sentido, la nominación de la musulmana Nusrat Choudhury como jueza federal para el distrito este de Nueva York pone de presente que no basta que lleguen mujeres hegemónicas, siendo indispensable que en la integración en los cuerpos judiciales se cuente con mujeres diversas que arrastran la superación de múltiples sistemas de opresión, y experiencias significativas sobre cómo ello concurre. Pero esta urgencia de diversidad no sólo afecta a la representación femenina, sino también a la masculina que sigue primando bajo las mismas condiciones de blancos o mestizos, urbanos, educados en universidades privadas y de clase media.

Lo cierto es que la mayoría femenina de la Corte Constitucional en su histórica composición 5/4 , algo que hasta hace un par de años era visto como casi imposible, de repente ocurrió. Lo que también muestra la apertura del país en, no solamente resquebrajar el techo de cristal en los altos tribunales, sino incluso en romperlo.

Colombia ha alcanzado una representación suficiente de las mujeres en la Corte Constitucional pero aún falta bastante en la Corte Suprema de Justicia (en donde aún hoy en su sala plena solo hay presencia de 2 mujeres de 23 cargos) y en el Consejo de Estado (con 9 mujeres en 31 cargos) que son los dos principales nominadores de la Corte Constitucional.

Otra cosa es si esa representación femenina es la adecuada. Esta, evidentemente ha sido tan uniforme (por raza, clase, origen regional, educación y orientación política) que podríamos decir se aleja enormemente del ideal interseccional al que aspiramos llegue a integrar tan importantes espacios de toma de decisiones, también por parte de los varones.

Algo que resulta más que notorio es que mujeres feministas, académicas y diversas sí se han presentado a la Corte Constitucional pero no han sido seleccionadas por las altas cortes que postulan y que en este momento cuentan con mayoría masculina. Lo que me lleva a pensar que tal falta de diversidad no ha sido producto de un accidente o una casualidad sino de una decisión soterrada de las mayorías de dichos tribunales.

La pregunta es ¿por qué no han sido elegidas mujeres con agenda de mujeres? Quizá la respuesta nos la pueda dar la recién electa Natalia Ángel quien resultó

ganadora en forma accidentada en un Senado que no tenía claro por quién votar al encontrarse principalmente ocupado con las inscripciones para las próximas elecciones de marzo, y en el que el preferido por el gobierno no fue nominado. Por lo que de rebote, Natalia Ángel obtuvo el respaldo de la derecha que la terminó eligiendo por ser la candidata que menos resistencias ofrecía. ¿Cuales resistencias presentaban los otros dos postulados? el simple hecho de ser asociados a la Justicia Especial para la Paz. Lo cual vuelve a ubicarnos en el triunfo de la agenda de derechas.

Natalia Ángel, tras tres veces haber sido postulada: una por el Presidente Santos y luego por el Consejo de Estado, en dos oportunidades consecutivas, obtuvo la alta posición. Al revisar su discurso ante el Senado su argumento fue: “los tribunales deben procurar siempre comprometerse con toda la nación, no les corresponde dividir a la nación entre progresistas y reaccionarios, liberales y conservadores”.

Como bien sabemos, en el derecho el discurso de la neutralidad no existe y es apenas un reflejo del compromiso con el status quo de desigualdad y exclusión que reina. Más aún cuando se trata de arribar al máximo órgano de la justicia constitucional como es la Corte Constitucional, en donde están puestas las esperanzas de inclusión y protección de la gran mayoría de ciudadanos en la eficacia real de sus derechos sociales, económicos y culturales; de los inmigrantes; de las minorías étnicas y raciales porque sus territorios no sigan siendo expoliados y contaminados; de las mujeres por acceder a una justicia pronta y oportuna que les garantice una vida libre de violencias, y de miles de reinsertados y reinsertadas, líderes campesinos defensores de la naturaleza y la sustitución de cultivos que siguen siendo impunemente asesinados a la deriva de un proceso de paz incierto.

Mientras las altas cortes sigan fieles a su línea de nominación funcional al status quo, los perdedores de la inadecuada representación de las mujeres y de los hombres no solo seremos nosotras las mujeres comprometidas con la justicia para ellas, sino el país rural y diverso, así como el urbano post pandémico que necesita una justicia comprometida socialmente que los ayude a salir del abismo de la violencia y la pobreza. Pero aún más, la gran perdedora es la legitimidad de la justicia constitucional, cada vez más débil institucionalmente para responder a las urgentes necesidades de la gran mayoría de excluidos y marginados en el país.

Profesora asociada de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional de Colombia. Directora del grupo de investigación Justicia Real -JURE- e integrante de la Red Alas.
Fuente:
www.sinpermiso.info, 6-2-2022
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