Riesgos laborales: prevención y compensación, un binomio inseparable

Jesús Uzkudun

24/12/2016

Hoy en día, con el incremento de la siniestralidad laboral, son cada vez más las personas y colectivos, que se cuestionan en Euskadi, como en el conjunto del Reino de España, la validez del principio que dice: La inversión en prevención de los riesgos laborales, es una inversión rentable para todos.

Tal vez, la observación de la dura realidad les lleva al error. No cabe duda, el aumento de los daños en el trabajo, el ahorro por las empresas en los costes preventivos, especialmente tras la crisis económica, nos ha confirmado el fraude de los papeles de las Evaluaciones de riesgo. También parecen justificarlo, la vigilancia sanitaria genérica y no específica, las políticas de ocultación de accidentes de trabajo y, especialmente, de enfermedades profesionales, debido a la resistencia médica a cumplir con su obligación de comunicar la “sospecha” del origen laboral de las enfermedades, tras el reconocimiento médico, etc. Tanto, que la “no comunicación de sospecha”, se ha convertido en un signo de competitividad entre los Servicios de Prevención ajenos, al dar garantías a las empresas de evitarles problemas.

Desde el sindicalismo, unos limitan las causas a la precariedad laboral, otros señalan los limitados recursos públicos, para controlar el cumplimiento de la ley o a la nula voluntad sancionadora de la Inspección de Trabajo y los Institutos Autonómicos de Salud Laboral. Es cierto, sin duda, que todo ayuda.

Pero, ¿Desde cuando el sindicalismo reduce su actividad a esperar a que la Inspección de Trabajo y otras Instituciones, resuelvan los problemas de las clases trabajadoras, sin organización y lucha?

Desde mi experiencia sindical en la defensa de la salud laboral, soy un firme defensor del principio “La prevención, es la inversión más rentable”, como guía para que mediante la acción sindical se puedan reducir drásticamente los daños a la salud en el trabajo. Cuando digo daños, por supuesto, no los reduzco a los accidentes de trabajo, ya que las enfermedades profesionales causan mayor sufrimiento y pérdida de días de trabajo que los accidentes laborales.

No podemos olvidar que la ley obliga a las empresas a garantizar la protección de la salud. Por ello, la acción sindical no puede reducirse a exigir a la Administración mayor control de las medidas preventivas. Es necesario implicarse, sin confundir los papeles. La prioridad debe ir orientada a la visualización de los daños, así como la exigencia de compensación por los daños producidos.

Cuando digo visualización y reconocimiento de enfermedades profesionales, me refiero a las miles de Hipoacusias producidas por el ruido, al Túnel Carpiano o la Epicondilitis, al Asma o el Cáncer Profesional entre otros, reclamando las indemnizaciones recogidas en el “Baremo de Lesiones Permanentes no Invalidantes” que pagan las Mutuas (donde se recoge el precio de la carne humana, desde el valor de una cicatriz, a la pérdida auditiva, o el giro de las articulaciones), logrando el reconocimiento profesional de múltiples enfermedades y lesiones, frente al intento de las Mutuas de ocultarlas como comunes. Si estas derivan en una “Incapacidad Permanente”, hay que reclamar las indemnizaciones correspondientes por daños y perjuicios (según Baremo de daños derivados de Accidentes de Tráfico) y sobre todo, reclamar el Recargo de las Prestaciones de la Seguridad Social, con incrementos del 30 al 50% por la falta de medidas de seguridad cuando sea producido el daño.

Eludir dicha actividad compensatoria, o abandonar a la víctima en su reclamación, como gusta a más de un “Técnico de Prevención”, situado en cómoda neutralidad, regala tranquilidad al empresario infractor, favoreciendo la pérdida de credibilidad sindical, así como la rentabilidad de la inversión en prevención.

Si reclamamos la compensación por los daños, el efecto dómino genera reacción de la Seguridad Social, de las Mutuas y de las propias empresas, optando por inversiones preventivas que eviten los daños, más baratas en definitiva que el pago de la compensación, mejorando así las condiciones de trabajo.

Curiosamente, en las 73 propuestas para mejorar la prevención, elaboradas por ISTAS y CCOO, se reconoce que el sistema de compensación es bueno, aunque quizás poco utilizado ¿De quién es la responsabilidad?

Por otro lado, me irrita la respuesta del asesor sindical de Salud Laboral de CCOO de Castilla-León, en su boletín digital BOICOT de Salud Laboral, a un chapista, con 30 años de antigüedad en un puesto ruidoso de trabajo en el taller de tractores: me parece escandalosa.

Tras diagnosticarle una Hipoacusia laboral, el chapista afectado se encuentra con el habitual rechazo de la Mutua, tratando de evitar el pago: “No hay tanto ruido”, sin medir la segura superación de los 80 dBA. Tras trasladar la reclamación al INSS, se la rechazan “por no encontrarse en Incapacidad Temporal”. Injusta Resolución que, para colmo, es ratificada por el asesor sindical. Desconozco, si es resultado de ignorar la legislación o porque realmente los criterios de la Mutua han sido asumidos como válidos por los “asesores sindicales”.

Digo escandalosa, pues ocultan el derecho al cobro de una indemnización por Hipoacusia, que oscila entre 1.800 y 3.580 euros como “Lesiones Permanentes no Invalidantes”, con declaración automática de la sordera como “Enfermedad profesional sin Baja”.

Según ese injusto criterio, estaría fuera de lugar, la concesión del Galardón Europeo al Área de Salud Laboral de CCOO de Euskadi por la Agencia Europea de Seguridad y Salud Laboral, en su campaña contra el ruido laboral en el año 2005, por la visualización, reconocimiento y tramitación de la compensación para más de 5.000 Hipoacusias, algunas con recargo de prestaciones. De hecho, aquella experiencia, posibilito una mayor credibilidad a la posterior campaña para visualizar el cáncer profesional.

Por las reclamaciones de CCOO de Euskadi o las sentencias judiciales logradas por ASVIAMIE, contra las empresas infractoras de la legislación del amianto, que les obliga a pagar cientos de miles de euros a las víctimas, en concepto de daños y perjuicios o de recargos del 40% por falta de medidas de seguridad (que no los cubre ningún seguro), no es la primera vez que escucho: “Vas a hundir las empresas”, a lo que siempre respondo: “El enfermo o el muerto, ya están hundidos, si la empresa hubiera cumplido la legislación de Seguridad e Higiene, le habría resultado mucho más rentable”.

Es decir, la prevención de los riesgos laborales y la compensación de los daños, son un binomio inseparable. Cuando, lamentablemente, dicho binomio es olvidado por algún sindicalista o Gabinete de Salud Laboral, sin darse cuenta desvalorizan su propia función sindical en defensa de  las clases trabajadoras, permitiendo que otros desalmados hagan negocios jugando con la salud de los trabajadores.

Esta orientación, como el debate y la recuperación del activismo, son más necesarios que nunca para el sindicalismo confederal, ya que la situación requiere respuestas contundentes para cortar la sangría. A partir de ahora, tratare de animar la reflexión y el cambio de orientación en el proceso Congresual de la Confederación de CCOO y, si fuera posible, del conjunto del Sindicalismo. Se trata de extender y generalizar una práctica sindical con resultados positivos, tanto para los y las trabajadoras, como para el ejercicio del sindicalismo de clase.

Sindicalista. Es activista en defensa de la salud laboral.
Fuente:
www.sinpermiso.info, 824 de diciembre 2016

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