Cátedra libre sobre el aborto en la Universidad de Cuyo: con las Iglesias hemos topado

Alejandra Ciriza

26/08/2018

Reproducimos a continuación la respuesta pública firmada por la Dra. Alejandra Ciriza –Investigadora Principal de Conicet (CCT Mendoza-  Universidad Nacional de Cuyo, Argentina) -  al Decano de la Facultad de Ciencias Médicas de esa universidad. La polémica tuvo lugar en relación con la creación de la "Cátedra libre sobre aborto" en  la Universidad Nacional de Cuyo, impulsada por La Simona, Colectiva Feminista.

La Cátedra, pensada en el marco de la figura de la Cátedra Libre, procedente de la tradición de la Reforma Universitaria, que cumple 100 años, fue propuesta como una actividad extracurricular, de modo que sus fundadoras sólo solicitaron un espacio para funcionar. Según expresan en un comunicado las integrantes de la Colectiva, en el proceso tropezaron con una serie de obstáculos de carácter administrativo. Sin embargo tales impedimentos parecen ligados a razones no explicitadas.

La Colectiva Feminista señala en los fundamentos de creación de la Cátedra que: “Mientras en las currícula de las Carrera de la Universidad Nacional de Cuyo se omiten contenidos referidos al aborto como problema de salud pública y, por el contrario, se aborda el tema desde una perspectiva atravesada por creencias religiosas, valoraciones morales e interpretaciones punitivistas de la legislación"; y agregan que "en reiteradas ocasiones, estos puntos de vista se presentan como los únicos posibles para un/a profesional de la salud".

El Comunicado  también relata que "La actitud de las autoridades de la Facultad de Ciencias Médicas de la UNCuyo  contrasta abiertamente con lo que viene sucediendo en otras facultades de ciencias médicas del país y la región, donde se aborda la cuestión del aborto como un asunto de salud pública desde una perspectiva de derechos humanos y género", y agrega: "La propuesta de esta cátedra libre se inscribe en la tradición de la Reforma Universitaria cuyo centenario se conmemora este año. El derecho a crear cátedras libres es una conquista del movimiento estudiantil, se inscribe en el espíritu de la Reforma y es el resultado de la lucha por una formación crítica y emancipadora mediante la enseñanza libre". (http://www.sitioandino.com.ar/n/262402-catedra-sobre-el-aborto-criticas-al-decano-de-ciencias-medicas/)

Finalmente la Cátedra inició sus actividades con más de 400 personas inscriptas, pero la Facultad decidió en una reunión de CD del 27 de abril: desconocer la legitimidad de la cátedra y negar el espacio físico para su desarrollo (http://www.unidiversidad.com.ar/el-derrotero-de-la-catedra-libre-sobre-aborto).

El aula que previamente se había prestado estaba ocupado con un debate pre electoral coordinado por el profesor Fernando Saraví, un conocido activista antiderechos perteneciente a un grupo evangélico.

Las personas asistentes  reaccionaron con enojo, tanto ante la violencia institucional de las autoridades de la facultad como ante la presencia de este conocido detractor de la Cátedra, y  luego se dirigieron a la Facultad de Arte y diseño donde la actividad continuó.

En sus actividades la Cátedra fue acompañada por Alejandra Ciriza, conocida por  su compromiso con los derechos humanos, los derechos de las mujeres y el derecho al aborto.

Ciriza mantiene con esta lucha un vínculo histórico. Decía en 2005, citando a Dora Coledesky:  “En esta lucha está en juego nuestra propia dignidad -por eso decimos que no es una simple reivindicación- significa no ser consideradas como cosas, sino como seres humanos dispuestos a vivir una vida digna de ser vivida”. Y concluía su trabajo de reconstrucción histórico-conceptual sobre la  lucha histórica feminista por el derecho al aborto en Argentina: “la lucha por el derecho al aborto no es sólo uno más de las asuntos que hacen a la ciudadanía de mujeres, sino un nudo estratégico para una ciudadanización de mujeres con cara feminista, una ciudadanía entendida en sentido republicano –democrático que apunte a la defensa de la igualdad de los sujetos teniendo en cuenta sus efectivas condiciones de existencia, una ciudadanía republicana y democrática para más sujetos que garantice, efectivamente, la igualdad y la libertad: el derecho de las mujeres para decidir sobre sus propios cuerpos en libertad, así como la garantía de un estado capaz de respetar tales decisiones y asegurar que ellas puedan realizarse en igualdad de condiciones para todas.” (http://larevuelta.com.ar/2005/08/15/notas-sobre-ciudadania-sexual-el-derecho-al-aborto-y-la-ciudadania-de-las-mujeres-en-el-debate-argentino). SP

 

Mendoza, 13 de agosto de 2018

 

Referencia

Respuesta pública al Decano de la Facultad de Ciencias Médicas

 

Sr. Decano de la Facultad de Ciencias Médicas

Dr. Pedro Eliseo Esteves

S                 /               D

 

Me dirijo a Ud. a fin de dar respuesta pública a la nota que, de una manera por lo menos irregular, envió de manera privada y por medios para mí desconocidos a mi oficina en el INCIHUSA CCT Mendoza. Hallé el sobre con su nota sobre mi escritorio, sin fecha ni forma de notificación.

Le respondo de manera pública porque las disculpas que Ud. me solicita no son un asunto personal entre Ud. y yo como personas privadas, dado que me pide que me excuse en forma escrita, y haciendo uso de su condición de Decano de la Facultad de Ciencias Médicas (FCM), es decir, en nombre de la autoridad que detenta como funcionario público.

Su nota no constituye un acto administrativo, pues no me notifica Ud. sobre ningún sumario ni procedimiento en mi contra, ni lo hace por las vías correspondientes. Sin embargo se inscribe en el marco de una serie de actos administrativos llevados a cabo por las autoridades de la FCM en relación a las actividades de la Colectiva Feminista La Simona y a la creación de una cátedra libre sobre aborto en la FCM.

El envío de su nota se ubica en el contexto del proceso de creación de la Cátedra Libre sobre aborto llevada a cabo por la Colectiva Feminista La Simona y en el marco de los desacuerdos con la institución a propósito del nombre elegido para la actividad y de la solicitud de un espacio para funcionar.

Las actividades organizadas en el marco de la Cátedra estuvieron jalonadas de conflictos administrativos y políticos que fueron in-crescendo: por el nombre, pues las autoridades de la facultad niegan la existencia de cátedras libres en el marco de la UNCuyo, y por el aula, que fue concedida el día 18 de mayo para la clase inaugural, pero negada para la clase del 1 de junio. El aula que originalmente había sido asignada fue ocupada para otra actividad, por un pequeño número de personas y por el profesor Saraví, cuya posición política respecto del tema es de público conocimiento.

Ante la reacción estudiantil, el Consejo Directivo de la FCM (desconozco si se trató de una posición homogénea) emitió una resolución (53/2018 CD) en la que, a través de un documento público, se establece “Repudiar el comportamiento antidemocrático, autoritario, discriminatorio y agraviante observado por integrantes del Colectivo (SIC) Feminista "La Simona", en una de las Aulas del Bicentenario, contra los Dres. Fernando Daniel Saraví, María Elena Rüttler, Profesores de esta Casa de Estudios y contra la Institución toda”. Si bien en los considerandos se hace alusión a que “la docente disertante profirió más agravios contra el Dr. Saraví”, no estoy incluida en la resolución del CD, como sí lo están las integrantes de la Colectiva.

En su nota particular Ud. es más preciso: no me atribuye injurias, sino haber “calificado” de “pastor fundamentalista”, “homofóbico” y “misógino” al Dr. Saraví. Me asigna, además, haber aprobado el “comportamiento discriminatorio e insultante de un grupo numeroso de estudiantes contra un profesor…” y haber “dado letra” a la comunicación que las Simonas publicaron en Facebook.

Desagregaré y explicaré las razones por las que vertí esas expresiones referidas al Dr. Saraví:

1.     Pastor fundamentalista: según información disponible en el sitio de la editorial CLIE el profesor es “miembro del Consejo Pastoral de su congregación en Mendoza… las Asambleas de Hermanos Libres, Director de la Escuela Bíblica Jaime Taylor y miembro del cuerpo docente del Instituto Teológico Karl Barth, de la misma ciudad” (https://www. clie.es/ autor/fernando-daniel-saravi). Tal vez erróneamente atribuí al Dr. Saraví la condición de pastor.

En cuanto al uso del término “fundamentalismo” fue utilizado en el contexto del conflicto administrativo y político arriba relatado y para referir a posiciones conservadoras y escasamente tolerantes (inclusive en los términos lockeanos) dentro del marco de una ideología religiosa.

2.     Homofóbico: Es de público conocimiento que el Dr. Saraví promueve activamente una manera de pensar según la cual la homosexualidad es una enfermedad que debe ser sometida a terapia y descalifica como “homosexualismo” la demanda de derechos ciudadanos por parte de las personas disidentes sexuales (www.razones.org/conferencia3/ conf4aniv.pps). En su opinión deberían ser sometidos a terapias de re-educación y privados de derechos

3.     Misógino: el Dr. Saraví se presenta a sí mismo como “defensor de las dos vidas”. En una entrevista reciente en Unidiversidad el catedrático manifestó de manera displicente que la penalización del aborto “tal vez resulte en un número menor de muertes maternas…”, a la vez que no refuta, aunque las encuentra “exageradas”, las opiniones del Dr. Albino. En pocas palabras: la muerte de las mujeres no es un problema, el problema es la muerte de “los niños por nacer”, una expresión escasamente científica inscripta en el campo del debate político por el derecho al aborto y propia de una parcialidad: la de quienes niegan a las mujeres el acceso al derecho ciudadano de decidir sobre sus propios cuerpos.

Tal vez para Ud. esta manera de pensar es correcta. Desde el punto de vista privado no es mi función evaluar sus ideas, pero tampoco la suya evaluar las mías, aunque es claro que en el marco de un conflicto público Ud. debería haber ejercido sus tareas de funcionario público, esto es, debería haberse comportado con imparcialidad. De ningún modo fue así.

En el siglo XVII John Locke señaló con claridad la necesidad de separar el poder civil del poder religioso pues, en términos del autor de la Carta sobre la tolerancia, “Si el príncipe teme a otras iglesias y no a la suya, esto es porque protege bondadosamente a la propia y es severo y cruel frente a las otras. A los suyos, los mima como a niños a quienes se les permite incluso todo…; a los otros, los trata como a esclavos, como a quienes aunque sean inocentes, no les otorga otra recompensa que las galeras, las prisiones, la confiscación y la muerte” (Locke, Carta sobre la tolerancia, 1690). No necesito decirle que la cita que he tomado de Locke se inscribe en el marco de los conflictos religiosos de la Inglaterra del Siglo XVII.

Salvando las distancias temporales, Ud. y algunos integrantes del Consejo Directivo se comportaron de manera parcial obstaculizando sistemáticamente la actividad propuesta, negándose a reconocer los principios de la Reforma Universitaria de 1918 en el año de su aniversario y a cumplir con la ley 26.485, pues las integrantes de la Colectiva y yo misma fuimos sometidas a violencia institucional.

Entre los principios sostenidos por la Reforma Universitaria se encuentran la asistencia libre y la docencia libre, pues la Reforma se basa en el respeto de todas las corrientes del pensamiento y las tendencias de carácter científico y social, sin censuras ni prejuicios de ningún tipo. De este principio reformista derivan el principio de libertad de cátedra, la cátedra paralela y la cátedra libre. En la Universidad Nacional de Cuyo existen cátedras libres, y el Estatuto Universitario nada señala respecto de la prohibición de la existencia de cátedras libres. Las disposiciones del Estatuto relativas a Educación, indicadas en los artículos 75, 76, 77 y 78, por el contrario, son sumamente amplias. Las normas particulares de la FCM deberían subordinarse a las generales de la universidad, pues esta subordinación responde al principio constitucional de vigencia de la norma de mayor jerarquía.

En lo referido a la violencia institucional padecida, me amparo en la ley nacional 26485 cuyo artículo 6 inciso b), dice: “Violencia institucional contra las mujeres: aquella realizada por las/los funcionarias/os, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos previstos en esta ley”.

Ud. me asigna, además, haber aprobado, e incluso reforzado el “comportamiento discriminatorio e insultante de un grupo numeroso de estudiantes contra un profesor…” y haber “dado letra a la comunicación que la Simona publicó en Facebook”.

Me parece excesiva su afirmación. Lo sucedido rebasa ampliamente mi responsabilidad individual, pues no sólo no puedo responder por el comportamiento de los y las estudiantes, sino que no puedo asumir el peso de una situación que fue provocada por las autoridades de la Facultad de Cs. Médicas. Me atribuye Ud. un poder del que carezco. Los y las estudiantes son personas adultas con juicio crítico y posiciones propias y las integrantes de la Colectiva La Simona son médicas o estudiantes avanzadas de la FCM. No dependen de la “letra” que yo pueda proporcionarles.

Quisiera finalmente aclararle que no adoctrino. Educo, aprendo y admito la disidencia. No ejerzo ni he ejercido respecto de los y las estudiantes, ni tampoco sobre las integrantes de la Colectiva ninguna clase de tutela ni presión.

Permítame decirle que probablemente de lo que se trate es que Ud., el profesor Saraví y yo tenemos posiciones políticas muy distintas.

Retorno a Locke y su idea de tolerancia. Ud. apela a ella luego de haber vertido, desde un lugar de poder y públicamente, expresiones descalificatorias respecto de las integrantes de la Colectiva (Véanse, sus expresiones en las notas del 27 de abril y el 8 de junio en Sitio Andino), y de habernos sometido a todas a situaciones de violencia institucional utilizando para ello procedimientos administrativos y distintas formas de amedrentamiento. Entiendo por todo ello que Ud. ha desconocido sus responsabilidades como funcionario público, pues en modo alguno se ha comportado de manera imparcial “mediante la ejecución de leyes equitativas” (Locke, 1690).

Sin otro particular lo saludo

 

 

Alejandra Ciriza

Dra. en Filosofía

Investigadora Principal del CONICET

Profesora de la FCPyS- UNCuyo

aciriza@mendoza-conicet.gob.ar

 

PS: Pongo en su conocimiento que me reservo el derecho de accionar en los términos en que lo indica la ley. Me asistirá el Dr. Carlos Lombardi

Feminista y activista social, es investigadora principal del CONICET y profesora de la FCPyS- UNCuyo, Argentina.
Fuente:
www.sinpermiso.info, 25 de agosto 2018

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